En mas de una ocasión, en los años pasados, por ejemplo con motivo de las obras en la inmediaciones de Cala Reona junto al parque regional de Calblanque, desde DN Murcia llamamos la atención sobre esta máxima: los espacios "protegidos" con figuras legales ambiguas que no consagran el carácter público de la propiedad del terreno en cuestión, no sirven para nada. Un espacio natural o esta protegido de VERDAD o sencillamente queda, lógicamente, al arbitrio de las necesidades de sus propietarios particulares y no tan lógicamente al socaire de las manipulaciones o disputas en torno a las reglamentaciones locales y regionales, que pueden variar en un soplo según el partidocráta de turno estime conveniente.
Y el asunto de la reciente subasta por 116 millones de euros de las 315 hectareas de los terrenos del Carmolí, en la orilla occidental del Mar Menor, vuelve a ratificarnos en nuestra conclusión:
http://www.laopiniondemurcia.es/comunidad/2012/07/16/finca-marina-carmoli-vende-116-millones-traves-internet/415865.html
http://lospiesenlatierra.laverdad.es/blog/2444-marina-del-carmoli-se-vende-paraiso
Sobre el proceso judicial y la demanda de los 112 ciudadanos descendientes de propietarios:
http://www.laverdad.es/murcia/20080725/cartagena/defensa-tendra-devolver-duenos-20080725.html
Apelar a un sin fin de figuras de protección vacias: "afectada por cinco figuras de protección (Lugar de Importancia Comunitaria, Espacio Natural Protegido, Zona de Especial Protección para las Aves, Humedal Ramsar y ZEPIM)" solo prueba la manipulación torticera que el PPsoe ha aplicado en estas cuestiones. Instauraba esas figuaras conservacionistas pero al mismo tiempo sabía perfectamente que estaban depsrovistas de autentica carga legal en cuanto un propietario hiciera valer sus derechos, legítimos por otra parte. Sin embargo, en el caso del Carmolí esa legitimidad es bien dudosa, porque los terrenos se expropiaron hace la friolera de casi 70 años, en 1943, pagando la cumplida indemnización. ¿ Por que no se ha defendido en los tribunales con suficiente vigor la propiedad del estado? Ahora, con una sentencia contraria que revierte la propiedad a los 112 herederos, reiteramos que las figuras de protección son papel mojado. Lo único que podrá preservar siquiera temporalmente, los valores paisajísticos y de disfrute del bello entorno del Carmolí es, paradojicamente, la crisis de la construcción ¿ Por cuánto tiempo, nos preguntamos desde Democracia Nacional Murcia ?
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